“Abstención de investigación” Descripción de hechos Ofelia Rojo Hernández acudió ante el agente del Ministerio Público a denunciar que había sido víctima de una violación hacía aproximadamente hace diez años. En su denuncia indicó que fue un compañero de la universidad y que no había querido decir nada por miedo. El agente del Ministerio Público determinó la facultad de abstenerse de investigar respecto de la denuncia formulada porque se actualiza una causa de extinción de la acción penal. Fundamentó su decisión en los artículos 253, con relación al 485, fracción VII, relativa a la prescripción, ambos del Código Nacional de Procedimientos Penales. En contra de dicha determinación Ofelia Rojo Hernández promovió juicio de amparo, lo anterior, con fundamento en el artículo 107, fracción VII de la Ley de Amparo. Planteamiento del problema En la demanda de amparo, la quejosa expresó que aunque sabe que ya pasó mucho tiempo, el Ministerio Público debía investigar el hecho delic...