Ejemplos de acciones de inconstitucionalidad
1. 1.- Dejan en manos de
la SEP la facultad exclusiva del Congreso de la Unión para regular los procesos
de selección para la admisión, promoción y reconocimiento de docentes y las
demás figuras educativas. La iniciativa establece que será la SEP la que emita “las disposiciones bajo las cuales se desarrollarán los procesos de
selección”. Lo anterior, invade la facultad exclusiva del Congreso
de la Unión para reglamentar los procesos de selección y viola el principio de
reserva de ley previsto para el Sistema para la Carrera de las Maestras y los
Maestros.
2. 2.- Dan preferencia a
normalistas en violación a la “igualdad de condiciones” que contempla el
3º constitucional para las y los aspirantes a ingresar al servicio docente. En la
iniciativa se contempla que al momento de hacer la asignación de plazas
conforme a la lista de prelación, se dará prioridad a normalistas por encima de
cualquier otra u otro candidato. No sólo eso, en caso de que surjan nuevas
vacantes, se deben agotar primero todas las y los aspirantes normalistas antes
de dar la plaza a alguien más. No importa si ese “alguien más” reúne los
conocimientos, aptitudes y experiencia necesarios para garantizar el
aprendizaje y desarrollo integral de niñas, niños y jóvenes.
3. 3.-Contravienen el
principio de imparcialidad de los procesos de selección, al darle voz y voto a
las representaciones sindicales y a las autoridades educativas locales en la
integración final de las listas de prelación. De acuerdo con la iniciativa,
la SEP revisa y pondera los elementos multifactoriales y elabora una primera
lista de resultados en función de esos indicadores objetivos. Esa lista pasa a
las manos del Sindicato y de las autoridades educativas locales para que den su
opinión. La SEP circula una segunda lista que puede contemplar las opiniones y
modificaciones hechas por el Sindicato y las autoridades locales. Con lo
anterior, se elimina de un plumazo la imparcialidad y objetividad que deben
revestir los procesos de selección docente.
4. 4.-Vulneran la
autonomía técnica, operativa, presupuestaria, de decisión, de gestión y
no sectorizada de la Comisión Nacional para la Mejora Continua de la
Educación, al poner por encima de toda la estructura a un “Comité” presidido por
el Secretario de Educación Pública, que apoyará y auxiliará todas las labores
de la Comisión. El Comité tiene más integrantes de instancias externas a la
Comisión (cinco de la SEP) que personas que forman parte de la Comisión, al ser
designados por la mayoría calificada del Senado. Pero además, el Comité tiene una
“Secretaría Técnica” cuyo titular propone el Secretario de Educación Pública,
que participa en todas y cada una de las instancias al interior de la Comisión
(Junta Directiva, Consejo Técnico y Consejo Ciudadano) y debe suscribir todo
acuerdo, documento, propuesta que salga de la Junta Directiva.
Creixell, S. .(03/09/19). Cuatro ejemplos de inconstitucionalidad
en las iniciativas educativasCuatro ejemplos de inconstitucionalidad en las
iniciativas educativas Animal politico
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